Con relación al anuncio efectuado oportunamente por la Ministra de Salud, Carla Vizzoti, el ministro de Educación de la Nación, Nicolás Trotta manifestó: “Se ha decido destinar las vacunas de Sinopharm al personal docente y no docente de las escuelas que abarca una población total de 1.458.000 en todo el país. Esta decisión ratifica los consensos construidos en el seno del Consejo Federal de Educación, conformado por los 24 ministros del país, para establecer el orden de vacunación docente”.
“El 2020 fue un año excepcional y esta vacuna nos permitirá ir recuperando la normalidad que nos arrebató la pandemia. Estamos en proceso de recuperación de la presencialidad en nuestras aulas, espacio donde se trabaja todos los días por igualar derechos y oportunidades; son nuestras maestras y maestros quienes llevan adelante esta tarea en coordinación con los auxiliares, directivos y todo el personal que integra nuestra instituciones educativas”.
El funcionario nacional hizo mención a los 5 grupos priorizados:
1) En el primer grupo estará el personal de dirección y gestión, el de supervisión e inspección, los docentes frente a alumnos y alumnas de nivel Inicial (incluye ciclo maternal), los de primer ciclo del nivel primario, (1°, 2° y 3° grado) y los de educación especial. (Cantidad 457.694)
2) En el segundo grupo se contempla al personal de apoyo a la enseñanza, todo otro personal sin designación docente pero que trabaja en establecimientos educativos de la educación obligatoria en distintas áreas y servicios (Cantidad 247.413)
3) En el tercero estarán los docentes frente a alumnos y alumnas de nivel primario, del segundo ciclo de 4° a 6°/7° grados. (Cantidad 148.692)
4) El cuarto grupo estará conformado por los docentes frente a alumnos y alumnas de nivel secundario, de educación permanente para jóvenes y adultos en todos sus niveles e instructores de formación profesional. (Cantidad 331.099)
5) Finalmente, en el último grupo estarán los docentes y no docentes de institutos de educación superior y universidades. (Cantidad 273.185)